La Jornada, 01 de mayo de 2001
Racismo es el nombre del juego. Al comienzo del nuevo artículo 2Ɔde la Constitución, numeral en el que se concentran los derechos indígenas en la reforma recientemente aprobada por el Congreso de la Unión, se establece: "La Nación mexicana es única e indivisible".
La afirmación no se incluyó al inicio del texto constitucional; tampoco en los artículos 39, 40 o 41, donde se habla de la soberanía, su ejercicio y la forma de gobierno; ni en el 27, donde se establecen las conflictivas modalidades de tenencia de la tierra. No, como si fuera necesario exorcizar el fantasma de la balcanización y la secesión que en las buenas conciencias provoca el reconocer derechos a los indios, la redacción se incorporó al artículo 2Ɔ, precisamente el que reconoce los derechos los pueblos originarios del país.
Racismo es el nombre del juego. A partir de ahora en nuestra Constitución habrá artículos de primera y artículos de segunda. Los de segunda son los que tratan los derechos de los pueblos indios; los de primera, todos los demás. A pesar de que en un régimen legal como el nuestro es innecesario incorporar en la Carta Magna disposiciones que confirmen la sujeción a los principios constitucionales, en ocho fracciones del recientemente aprobado apartado A del artículo 2Ɔ se establece en cinco ocasiones que los derechos reconocidos tendrán que sujetarse a los principios de nuestra ley principal. De la misma manera, en el apartado que reconoce el derecho a elegir a las autoridades locales de acuerdo con sus normas tradicionales, se reitera, sin necesidad alguna, el respeto a la soberanía de los estados y al pacto federal.
Racismo es el nombre del juego. Al reconocer a las comunidades indígenas como entidades de interés público, la nueva legislación acepta a los pueblos no como sujetos de derecho, sino como objeto de atención por parte de los órganos del Estado. ¿Dónde quedó el reconocimiento de la autonomía?
Racismo es el nombre del juego. En la nueva legislación a cada derecho reconocido corresponde un candado que acota y condiciona su ejercicio hasta el punto de desnaturalizarlo. Ya no se trata -como se pactó en San Andrés-que los pueblos indígenas tengan sus propios medios de comunicación. Según la reforma light aprobada, el objetivo es ahora más modesto: se busca crear las condiciones para que puedan hacerlo "en los términos en que las leyes de la materia determinen". Se sabotea el principio de primacía al condicionar su ejercicio a una ley secundaria. Total, se dirá, es que son indios...